Comprar una casa es uno de los momentos e inversiones más importantes de nuestras vidas. La emoción y el nerviosismo siempre están presentes cuando se trata de una compra que comienza una nueva etapa, en un nuevo lugar que pronto se convertirá en nuestro hogar.
Pero antes de llegar a disfrutar de esa vivienda, debemos ocuparnos de algunos trámites como pagar impuestos relacionados con la compra de una vivienda. Con frecuencia, este procedimiento suele ir asociado a un único gasto, la hipoteca, sin embargo, son diversos los gastos e impuestos a los que tendremos que hacer frente para convertirnos en propietarios de un inmueble.
Queremos que este gran paso sea lo más fácil posible para ti, por eso en Prime Invest queremos facilitarte toda la información sobre el pago de impuestos sobre la vivienda, para que siglas como IAJD, IVA o ITP ya no te suenen a chino. ¡Comencemos!
¿QUÉ IMPUESTOS TENGO QUE PAGAR AL COMPRAR UNA VIVIENDA?
Cuando vayas a comprar una vivienda debes saber que tendrás que pagar algunos impuestos. Algunos de estos impuestos son generales y tienen el mismo tipo a nivel nacional (a excepción de Canarias) y otros rigen el tipo impositivo por la comunidad autónoma en la que se encuentra la vivienda a adquirir.
Pero lo más importante, dependiendo del estado de tu vivienda, obra nueva o vivienda de segunda mano, se te aplicarán unos impuestos u otros. ¿Cuál es? Los separamos para usted en ambos casos:
1. IMPUESTOS SOBRE LA VIVIENDA NUEVA
Al comprar una vivienda de obra nueva, se deben pagar dos tipos de impuestos, el impuesto sobre el valor añadido, es decir, el IVA, y el impuesto sobre actos jurídicos documentados, el IAJD.
IVA: se sitúa a un tipo del 10% sobre el valor de la vivienda. En el caso de viviendas de protección oficial, el IVA aplicable es del 4%.
IAJD: este impuesto lo marca cada comunidad autónoma. Actualmente, existe un tipo entre el 0,5% y el 1,5%, os dejamos el tipo impositivo general del IAJD para cada comunidad:
Andalucía 1,2%
Aragón 1,5%
Asturias 1,2%
Islas Baleares 1,5%
Canarias 1%
Cantabria 1,5%
Castilla y León 1,5%
Castilla-La Mancha 1,5%
Cataluña 1,5%
Comunidad Valenciana 1,5%
Extremadura 1,5%
Gallegos 1,5%
Madrid 0,75%
Murcia 1,5%
Navarra 0,5%
País Vasco 0,5%
La Rioja 1%
Ceuta 0,5%
Melilla 0,5%
2. IMPUESTOS SOBRE UNA VIVIENDA DE SEGUNDA MANO
Estás de suerte, porque la compra de viviendas de segunda mano se libra del pago del IVA o IAJD. En este caso, sólo tendrás que pagar el impuesto sobre transmisiones patrimoniales onerosas, que, al igual que el IAJD, el tipo impositivo difiere en cada comunidad autónoma:
Andalucía 7%
Aragón 8%
Asturias 8%
Islas Baleares 8%
Canarias 6,5%
Cantabria 10%
Castilla y León 8%
Castilla-La Mancha 9%
Cataluña 1,5%
Comunidad Valenciana 10%
Extremadura 8%
Gallego 9%
Madrid 6%
Murcia 8%
Navarra 6%
País Vasco 4%
La Rioja 7%
Ceuta 6%
Melilla 6%
¿CÓMO SE PAGAN LOS IMPUESTOS SOBRE LA COMPRA DE UNA VIVIENDA?
PAGO DE IMPUESTOS DE VIVIENDA POR UNA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN
Como muchos otros trámites, la gestión de la compra de un inmueble puede ser llevada a cabo por una agencia. Solo tendrías que ponerte en contacto con un gestor que se encargará de proceder con el pago de todo. En estos casos, el dinero suele depositarse en una cuenta bancaria y a partir de ahí, la agencia utilizará esa provisión de fondos para pagar impuestos y otros gastos generados por la venta. ¿Y si has hecho un ingreso de una cantidad mayor a la necesaria? ¡No te preocupes! La agencia devolverá todo el resto una vez que se completen los procedimientos.
PAGO DE IMPUESTOS DE VIVIENDA POR PARTE DEL COMPRADOR
Aunque si te gusta gestionar los trámites por tu cuenta, deberás pagar cada impuesto de la siguiente manera:
La parte proporcional del IVA en la compra de una vivienda se entrega siempre junto con el importe de la cuota de la vivienda. Es decir, si el precio de venta es de 500.000 €, el vendedor será responsable de pagar la parte proporcional del IVA directamente a Hacienda (5.000 €).
No obstante, el impuesto sobre transmisiones patrimoniales onerosas (ITP) y el impuesto sobre actos jurídicos documentados (IAJD), deben abonarse directamente a la Administración Tributaria de la comunidad autónoma en la que se encuentre la vivienda adquirida. Es decir, si has comprado una vivienda en Andalucía, deberás pagar el tipo de impuesto establecido por dicha comunidad autónoma, en este caso el 1,2% IAJD y el 7% en el caso de ITP.
Este pago se puede realizar tanto en persona como electrónicamente. Para optar por esta última opción, debes disponer de un DNI electrónico o del certificado digital que garantice tu identidad. Te recomendamos consultar el plazo de pago, ya que este puede variar en función de la comunidad autónoma en la que te encuentres.